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Columna de Opinión: “Ley Miscelánea y espacios colaborativos de mejoras”

Rosa Serrano, Directora de Estudios y Regulación de Empresas Eléctricas A.G.

La Ley 20.936, promulgada el año 2016, que reestructura el segmento de Transmisión de electricidad y crea la figura de un Coordinador independiente constituyó un hito histórico en materia de políticas públicas, no sólo por los significativos cambios que introdujo en el marco regulatorio del sector eléctrico, sino además por la forma en que fue conducida, propiciando la participación abierta y transparente de diversos actores, que a su vez, respondieron con una colaboración activa y con las alturas de miras que este desafío requería. Como resultado de este trabajo mancomunado se conceptualizó un proyecto que logró dar solución a una gran cantidad de problemáticas del sector, pero que, evidentemente, admite espacios de mejora.

Uno de los elementos corresponde a la necesidad de otorgar mayor flexibilidad a la planificación zonal, aún más cuando las decisiones de inversión son tomadas bajo un ambiente de mayor incertidumbre que en Transmisión Nacional. Esto se explica por los vasos comunicantes que existen con el mundo de la distribución, en el que es necesario abastecer una demanda que puede ser altamente variable a nivel local y de rápida penetración de generación distribuida.

La flexibilización del mecanismo de calificación de instalaciones de transmisión también admite una revisión, a fin de que los criterios plasmados en la ley permitan que la clasificación refleje adecuadamente la “vocación” de uso de la instalación.

Por otra parte, sería recomendable modificar el mecanismo de participación en los comités consultivos de CNE, eliminando la restricción de que el interesado en revisar una norma participe del mismo.

Finalmente, las restricciones respecto de la participación de las empresas transmisoras en otros segmentos (artículo 7, LGSE) es otro tema a revisar. Considerando que bajo el nuevo esquema el desarrollo del sistema de transmisión se realiza centralizadamente, y por tanto, las empresas no poseen injerencia alguna en él, es valido preguntarse si dicha prohibición tiene sentido o podría ser un elemento que limite la competencia al restringir la entrada de nuevos agentes en los segmentos de generación y transmisión.

Como siempre, vemos con mucho optimismo y ponemos toda nuestra voluntad y disposición de aportar activa y significativamente en la discusión de la Ley Miscelánea que anunció el Ministerio de Energía para abordar estos perfeccionamientos.

Ver publicación en Revista Electricidad 

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Prensa

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