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Ley de servicios básicos

Lo que necesitas saber para registrarte como beneficiario de la ley de servicios básicos en tu empresa distribuidora.

Te invitamos a acogerte a los beneficios de la Ley de Servicios Básicos y convenir el pago de tu deuda con su compañía distribuidora eléctrica en hasta 48 cuotas mensuales, sin intereses, multas, ni gastos asociados, evitando de este modo la interrupción de tu suministro, en caso que se encuentre impago.

Para acceder a dicho beneficio, es requisito encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

  • Pertenecer al 80% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
  • Ser adultos mayores.
  • Ser trabajadora o trabajador acogido a la Ley de Protección del Empleo.
  • Encontrarse entre quienes estén recibiendo el Seguro de Cesantía.
  • Ser trabajadora o trabajador independiente o informal, afectado por una disminución significativa de ingresos, lo que debe ser acreditado mediante una declaración jurada simple.

Para más información, puedes acceder a este sitio habilitado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC):

Para inscribirte, puedes hacerlo directamente a través de tu empresa distribuidora en los siguientes sitios:

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